miércoles, 25 de noviembre de 2009

Nueva ley de seguridad vial

A partir de hoy se contemplan 7 infracciones de tráfico que no supondrán la perdida de puntos en el carnet de conducir. Entre ellas podemos destacar las siguientes:

- Estacionar en el carril bus: ya veremos las filas de coches que usaran este carril como aparcamiento particular.

- Conducir sin luz cuando sea obligatorio: es decir, por la noche, en la entrada a un túnel o con poca visibilidad. Esta medida me parece una barbaridad...

- Desaparece la suspensión temporal del carnet de conducir: de modo que a partir de ahora sólo se perderá el permiso cuando esté agotado todo el saldo de puntos.

- Tampoco supondrá perdida de puntos conducir por autovías o autopistas con vehículos que estén expresamente prohibido hacerlo: pronto nos encontraremos como bicis, cortacesped y similares. Eso si, si te los llevas por delante, eso si quita puntos.

- Conducir de forma negligente: sin comentarios...

- Estacionar en curvas, cambios de rasantes, túneles, etc.

Como puede leerse, me parece una barbaridad todas estas infracciones y que no supongan un descenso en el saldo de puntos del carnet. No quiero imaginarme lo que pasará de aquí en adelante.

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